El Registro Electrónico del Ministerio de la Presidencia permite la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a su ámbito, en la forma y con el alcance previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (1.18 MB), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en los artículos 26 al 31 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre.
La creación y regulación de este Registro Electrónico se lleva a cabo mediante la Orden PRE/1009/2010, de 23 de abril (191.7 KB), por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de la Presidencia.